No conozco su causa ni la de otros "famosos anulados" como Rocío Carrasco -Rociíto-, Manolo Santana, Isabel Preysler o Carolina de Mónaco. Sí conozco, en cambio, el funcionamiento de los tribunales eclesiásticos y puedo decir algunas cosas al respecto:
- En nada afecta al proceso y menos a la sentencia de nulidad el que el que lo pide sea más o menos famoso: Cuando el sacerdote juez -y conozco unos cuantos- jura ante Dios y firma la sentencia de lo que menos se preocupa es de si los esposos salen o no en "Hola", de hecho en algunos casos ni lo saben.
- No conozco que se haya filtrado ni un solo papel de un proceso de nulidad de un famoso o no famoso a la prensa.
- Lo dicho en el nº2 significa que los que trabajamos en los tribunales estamos en clara desventaja. Me explico: Los "famosos" podrán decir lo que quieran y nunca se les va a contestar desde el Tribunal, ellos dirán que son unos santos que se lo han inventado todo, o lo que quieran, la verdad permanece oculta en sus conciencias y en los papeles del proceso.
- Otra cosa: El precio es el mismo sea uno famoso o no. Me refiero a lo que cobra el tribunal (véase "hablemos de dinero"), claro que si quieren elegir el "primer espada" que cobra una millonada es cosa suya, por nuestra parte famosos y no famosos, ricos y pobres pueden solicitar que se abra un proceso de nulidad matrimonial ya que hay mecanismos más que suficientes para que los que no pueden pagar no se vean perjudicados.
¿Y qué se puede hacer si la mujer de uno se larga y no hay causa de nulidad o es imposible de demostrar, sólo hay la evidencia de la consumación de un repudio? ¿Cómo acoge la Iglesia a estas personas? ¿Les da alguna alternativa más que la heroicidad de una castidad sin vocación?
ResponderEliminarAntonio E. es cierto que los procesos de nulidad tienen sus limitaciones y no siempre se puede demostrar lo que se ha vivido, hay matrimonios nulos cuya nulidad nunca se podrá demostrar, para el resto el matrimonio permanece indisoluble a pesar del dolor del abandono de hogar de uno de los cónyuges o incluso la infidelidad. Esta es la grandeza del matrimonio que va más allá de la voluntad de los esposos porque es obra de Dios que en momentos de dolor está muy cerca de cada uno -también a través de la Iglesia-. Como decía Madre Teresa de Calcuta "todo el sufrimiento, humillaciones y dolor no son sino el beso de Jesús; señal que te has acercado tanto a Él en la Cruz que puede besarte".
EliminarEstimado padre Javier, ayer en mi diócesis en Argentina se ha nombrado una comisión de justicia, es la primera vez que un obispo la establece. He sido designado Juez auditor. Sus notas son valiosas para mí, y ciertamente acudiré a Ud. en algunas dudas, si bien tengo la licencia en canónico, siempre hay mucho que aprender.
ResponderEliminarGracias por su testimonio.
P. José María
Eugenio s. Imaginemos un matrimonio declarado nulo canonicamente en el 2010 que esa nulidad se lleva al registro civil el 2012 y se registra la nulidad civil . ¿ con que fecha es valida la nulidad con la fecha canonica o la civil?
ResponderEliminarEugenio, supongo que es la fecha de validez de la nulidad será una para la jurisdicción eclesiástica y otra para la civil. Lo importante es saber que para poder contraer matrimonio canónico necesitas que tanto en lo civil como en la iglesia el matrimonio sea inexistente, en la iglesia por nulidad y en lo civil por nulidad o bien por divorcio.
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