miércoles, 28 de noviembre de 2012

Razones

Este tema es frecuente en las conversaciones sobre las nulidades por lo que, aprovechando que la mañana es hoy más tranquila en el Tribunal vamos a decir algo que ya hace tiempo que no publico nada en el blog.

Razones por las que se solicita la nulidad.

Por lo que he visto estos años las razones más o menos pueden clasificarse en cuatro especies:
  • Porque quiero casarme: Ya tengo una relación sentimental o al menos estoy en perspectiva de tenerla... en cualquier estoy pensando en el matrimonio. Vale, es un motivo estupendo, añade un plus de interés a la causa. Ten paciencia porque el proceso puede tardar cierto tiempo y piensa que el éxito de la causa no es que la sentencia coincida con lo que tú quieres sino que se ponga de manifiesto la verdad de tu matrimonio porque, como dice el Evangelio, la verdad te hará libre.
  • Porque ya estoy casado/a por lo civil y quiero regularizar mi situación ante la Iglesia. Bienvenido seas. Seguro que has hecho un proceso de acercamiento a la fe que te ha llevado a esta decisión. Ya verás que la Iglesia es, ante todo, una madre que busca lo mejor para sus hijos. En cualquier caso que te hayas casado por lo civil no tiene ningún efecto ni positivo ni negativo a la hora de estudiar tu caso.
  • Porque quiero romper por completo con la otra parte. Sinceramente eso va a ser difícil ya hay mucho que te une a él/ella: Los hijos, si los hay, la pensión y, en todo caso, si estás divorciado, en la sentencia de divorcio aparecen vuestros nombres el uno junto al otro. Mi consejo es que trates de perdonar, de no guardar rencor, que tanto daño hace, y, si quieres que busques la verdad de tu matrimonio, en esto te podemos ayudar en el Tribunal, para lo otro busca ayuda en la oración y habla con un sacerdote de confianza...
  • Porque quiero saber si de verdad estoy casado/a o no. Éste es, quizá, el mejor motivo, el saber si, en conciencia, estoy o no casado para actuar en consecuencia. Si es éste tu caso te animo a que preguntes cuanto antes si hay indicios de nulidad y, en tal caso, que comiences el proceso - te servirá este post-.

miércoles, 22 de agosto de 2012

Primeros pasos

Son casi las doce de una noche calurosa aunque en el interior del aeropuerto de Barajas -Madrid- no se nota tanto. Estoy esperando la llegada del avión que trae unos amigos desde Polonia. Al bajar se me acerca uno: "Esta amiga mía no sabe qué tiene que hacer para pedir la nulidad de su matrimonio". Nos pusimos a hablar de los primeros pasos:


  • Quizá lo primero sea buscar algún sacerdote que conozca el trabajo de los Tribunales Eclesiásticos y las causas de nulidad. Él puede decirte si existe "fumus boni iuris", es decir, indicios de una posible nulidad. En este caso el cura estaba ahí mismo.
  • ¿Donde te casaste? ¿Donde vive él? Tenemos que ver qué tribunal es competente. Te puede servir este post de hace unos meses. En nuestro caso era fácil, el Tribunal competente es Madrid.
  • Lo siguiente es ir allí para hablar con el Secretario General o alguien que te pueda asesorar "desde dentro" (en Madrid de lunes a viernes de 9:30 h a 13:30 h). Existe la posibilidad de ir directamente a algún abogado que alguien nos recomiende aunque te podrías llevar algunos sustos, mejor ir despacio: Piano piano si va lontano.
  • En efecto, antes de comenzar la Causa conviene estudiar cuánto puede costar y si se puede solicitar una reducción de los costes o que sea gratuito, algo de esto hemos dicho en este post.
  • Con lo que nos digan en el Tribunal nos resultará más sencillo buscar un abogado con el que comenzar a preparar la demanda. Comienza el proceso...

martes, 19 de junio de 2012

Cristina L. Schlichting: Divorciados en Corpus


Hace unos días la periodista  Cristina L. Schlichting publicó en La Razón un luminoso artículo llamado  Divorciados en Corpus. Lo reproduzco aquí y suscribo en su totalidad lo que dice. ¡Gracias, Cristina!

9 Junio 12 - - Cristina L. Schlichting

Pocas cosas me resultan más impresionantes los domingos en la Iglesia que las personas divorciadas y casadas de nuevo, sentadas en los bancos durante la comunión. Ellos, ya lo saben, no pueden comulgar ni recibir la absolución. Adivino un mundo de sufrimiento. Qué amor no tendrán a la Iglesia católica que permanecen en ella y obedecen a costa de normas tan duras. Son un ejemplo de fidelidad apabullante.

Tengo una pareja de amigos que se dan la mano en esos momentos. Ella casi siempre llora en silencio. Su dignidad y su entereza me hacen ser consciente de lo poco que valoro el Corpus Christi que celebramos hoy. A menudo los divorciados que se casan otra vez abandonan la práctica religiosa, afligidos de cierta soledad y vergüenza. Venimos, al menos en España, de una sociedad tan ranciamente ordenada en el pasado, que estas personas parecen haberse salido de la pista. No hace mucho pregunté a un sacerdote por el problema de estas parejas y me contestó: «Nosotros no tenemos problema alguno, lo tienen ellas». Curiosamente, apenas un año después vino con humildad a preguntarme cómo encaminarlas hacia los tribunales eclesiásticos, para ayudarlas en el proceso de nulidad.

Todos hacemos un camino. Mi amigo Juan Manuel de Prada y yo, que hemos pasado por la anulación matrimonial, hemos compartido muchas confidencias sobre el sufrimiento que hemos tenido que atravesar. Ahora el Papa ha hablado de forma luminosa sobre los divorciados casados de nuevo y su indispensable aportación a la Iglesia.

Ha sido en el reciente Encuentro de las Familias, en Milán. En una respuesta a la familia brasileña Araujo, Benedicto XVI ha señalado que hay que «hacer realmente todo lo posible para que se sientan amados, aceptados (…) y viviendo plenamente en la Iglesia». El Santo Padre les anima a disfrutar de la Palabra de Dios y la comunión de la Iglesia y, de forma muy práctica, reconoce que, aunque no puedan comulgar físicamente, sí pueden «espiritualmente» y les recomienda una guía espiritual permanente con un sacerdote.

Puede que a algunos lectores este artículo les resulte teológicamente técnico, pero les aseguro que, para un grupo cada vez más amplio de fieles, es crucial. Por eso me permito reproducir el final de la intervención del Papa, que nos pone verdaderamente de rodillas ante los divorciados: «Sus sufrimientos son un don para la Iglesia porque sirven también a todos los demás para defender la estabilidad del amor, es un sufrir en la comunidad por el bien de los grandes valores de nuestra fe. Deben saberlo, que precisamente así sirven a la Iglesia, están en el corazón de la Iglesia». Durante años hemos pensado erróneamente que sólo son buenos cristianos los que cumplen y comulgan puntualmente. Ahora empezamos a comprender que el ser humano es un simple pecador y que una persona que nosotros relegamos al «final de la fila» puede ser colocada por su Señor en el centro de la comunidad, para que todos aprendamos de ella.



miércoles, 13 de junio de 2012

Falta de libertad interna

Creen que no se da pero sí se da.
La falta de libertad es la causa que hace nulos muchos matrimonios a los que llegan los novios con coacciones tanto externas
como internas.

La "falta de libertad interna", consiste en la incapacidad de autodeterminación del contrayente para elegir libremente casarse, a consecuencia de alguna alteración psíquica grave. Esta alteración psíquica se debe a alguna patología del psiquismo que produce una incapacidad electiva, o bien puede provenir de la concurrencia de unas circunstancias externas extraordinarias con un tipo de personalidad frágil. En este segundo caso no es necesario que se de una patología grave. Piénsese, por ejemplo, en una persona de carácter débil que, ante un embarazo no previsto, es forzado por sus padres a casarse o se ve obligado a hacerlo por su propio sentido de responsabilidad sin que sea capaz de oponerse a esas circunstancias.

Son varios los "mecanismos" que tiene la Iglesia para tratar de identificar estos casos antes del matrimonio: Desde luego en el Cursillo de Novios hay que tratar de detectar si se da alguna de estas circunstancias. A la hora de hacer el expediente prematrimonial se pregunta expresamente a los contrayentes y a los testigos si acuden al matrimonio libremente, si se hace bien el expediente, con seriedad, preguntado a cada uno a solas, se puede averiguar si se da alguna de estas circunstancias. El sacerdote, a la hora de preparar el matrimonio, tiene que tener especial cuidado sobretodo cuando hay un embarazo de por medio y los novios son especialmente jóvenes o manipulables. Finalmente, en la liturgia del matrimonio se pregunta expresamente si vienen a contraer matrimonio "libre y responsablemente".

viernes, 25 de mayo de 2012

Matrimonio y alcoholismo

Reproduzco aquí un fragmento del estupendo libro de Rosa Corazón "Nulidades Matrimoniales":

UN CASO DE NULIDAD MATRIMONIAL POR ALCOHOLISMO Vino ella a mi despacho, acompañada de su padre. Me contó que se había casado hacía 8 años y tenía 3 hijos pequeñajos. Y había llegado a un punto de no poder soportar más a su marido, hasta su olor le repelía, porque huele a alcohol, me dijo cambiando el tono de voz. Había intentado salvar su matrimonio, pero ya se daba por vencida. Había sufrido mucho. El marido era un irresponsable en su trabajo, como también había sido un irresponsable con sus estudios, sin lograr terminar la carrera de empresariales, cosa que ocultó hasta después de la boda. Ahora se dedicaba a sus negocios porque había montado su propia empresa, pero ella no sabía bien ni el trabajo de su marido, ni con el dinero que se podía contar para la casa. El se gastaba mucho dinero en alcohol. Le pregunté: ¿pero durante el noviazgo no te diste cuenta que él bebía? El padre de ella me respondió: durante el noviazgo él la dejaba en casa a las 10 de la noche; y nos decíamos: “¡fíjate que chico tan formal, comparado con lo que hay por ahí..!”. Lo malo es que a las 10 de la noche, él se iba de juerga con la botella y sus amigos”. La hija me contestó, como ya me han respondido en otras muchas ocasiones: Yo sí me di cuenta de que a él le gustaba mucho beber, hasta lo vi borracho en varias ocasiones antes de casarme; pero yo me decía: “como nos queremos, esto se arreglará en cuanto nos casemos. Yo conseguiré que cambie, yo le haré cambiar”. En una ocasión él sí reconoció que bebía; pero en otras muchas lo negaba o se autodenominaba simplemente “un bebedor social” o decía que bebía por evasión y que podía dejar de beber en cuanto quisiera. Lo malo es que nunca quiso o nunca lo demostró. Otro día, estando los dos en el coche con los chiquillos en el asiento de detrás, él sacó de debajo de su asiento una botella y sus videos pornográficos; entonces ella se acercó a él y le dijo bajito señalando los videos pornográficos: “como corrompas a los niños con esto, te rajo”. El tampoco era de fiar en el aspecto económico: le había engañado muchas veces, y en una ocasión hasta le llegó a quitar todo el dinero que ella tenía en su cuenta corriente para prestárselo a sus amiguetes del bar que, por supuesto, nunca recuperó. Y ya eran tantas las veces que le había mentido, que me dijo: “no puedo más”. Consiguió que él fuera un par de veces al psiquiatra, pero sin hacerle ningún caso, porque - decía - “yo no lo necesito, eres tú la que lo necesitas. Yo puedo dejar de beber en cuanto me dé la gana”. Lo malo es que nunca le dio. La esposa y yo fuimos a hablar con el psiquiatra y nos comentó que, con sólo dos entrevistas que había tenido con él, no podía decirnos si el esposo tenía algo psíquico que le producía gran sufrimiento y era lo que le había llevado al alcohol o, por el contrario, era el alcohol el que le había ocasionado ese deterioro psíquico que ahora tenía. El psiquiatra nos dijo que el alcohólico pierde hasta su identidad sexual, pudiendo llegar a actos de homosexualidad, como así había ocurrido. Ella tenía, tal vez, una conciencia muy estricta, de excesivo rigor y me había dicho: “yo no puedo ir a un procedimiento de nulidad matrimonial, porque yo sí me casé: yo sabía con quién me casaba y yo quería casarme con él. Yo no puedo ir a una nulidad, porque yo me casé”. Le contesté: “el matrimonio es un vínculo que une a dos personas: un solo vínculo, y para que exista ese vínculo es necesario que los dos os hayáis casado. Si él no se casó por ser incapaz para el matrimonio, tú tampoco estás casada. En un matrimonio, o se casan los dos o ninguno se ha casado”. Pero noté que ella no llegó a entenderlo del todo. Pasados los años me enteré que ya no pudo aguantar más y que había abandonado la fe, tirándolo todo por la borda y que ahora estaba liada con otro hombre. Sentí que, en su momento, ella no hubiera ido a un procedimiento de nulidad matrimonial.

He tenido varios casos de alcoholismo del esposo y sólo dos de alcoholismo de la mujer. Los expertos dicen que aún es más grave, y más difícil conseguir salir de él, cuando se trata de una mujer. En todos los casos de alcoholismo, tanto la vida de la persona que lo padece como la de los que están a su alrededor es prácticamente ¡un infierno! Es imprescindible reconocerse alcohólico y recibir ayuda ajena para poder abandonar ese mal hábito destroza existencias. Tengo muy buena experiencia de asociaciones de ayuda para alcohólicos, que son sin ánimo de lucro y su ayuda es gratuita. He conocido hijos de padres alcohólicos que, en mayor o menor medida, acaban siendo alcohólicos a pesar de haber visto la vida de inmenso sufrimiento de su madre y conocer en lo que ha acabado su padre. Pero también he conocido hijos de padres alcohólicos que se niegan rotundamente a beber ni una sola gota de alcohol, porque ¡ya han visto bastante!

¿PUEDE SER CAUSA DE NULIDAD DE UN MATRIMONIO CANÓNICO EL ALCOHOLISMO DE UNO DE LOS CÓNYUGES? Sí, es posible. Estaría dentro de los supuestos contemplados en el canon 1.095,3 del Código de Derecho Canónico, que establece: “Son incapaces de contraer matrimonio: quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica”.

PERO SI ANTES DE CASARSE YA SE CONOCÍA EL ALCOHOLISMO, ¿PUEDE SER NULO ESE MATRIMONIO? Sí, pero hay que saber distinguir entre Nulidad Matrimonial por incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio y por engaño doloso.

¿EN TODOS LOS CASOS DE BODA CON UN ALCOHÓLICO ESE MATRIMONIO ES NULO? No, desde luego. Se precisa que el cónyuge ya sea alcohólico cuando prestó el consentimiento matrimonial, que su dependencia del alcohol sea hábito y tenga el carácter de grave. Habrá que demostrar que ese alcoholismo hace, al que lo padece, incapaz de ser buen esposo y buen padre.

miércoles, 28 de marzo de 2012

Limitaciones y paciencia

Nadie es perfecto, es verdad, tampoco en los Tribunales Eclesiásticos. Hoy he tenido una buena prueba de ello. El ordenador que no funciona, la secretaria que se pone nerviosa, el técnico que no viene, la abogada que se sube por las paredes, los testigos mirando el "panorama" incrédulos y yo conteniendo el enfado para no soltar gritos "a tutiplén".
Nadie es perfecto.
Éstas y otras limitaciones normales en cualquier familia, empresa, partido político, etc, se encuentran por igual en la Iglesia. Limitaciones técnicas, limitaciones económicas, limitaciones producto de nuestro carácter y de nuestros pecados. Paciencia, ¿ok?

- "Fui a Tribunal y un señor me trató fatal"
- "No saben donde está el documento que les entregué el otro día"
- "No cogen el teléfono y he llamado ya 5 veces"

No es normal pero a veces sucede. Paciencia.

Creo que cuando Cristo dijo lo de "sed perfectos como vuestro Padre Celestial es perfecto" más que un mandato nos estaba marcando un ideal que cada vez más se revela inalcanzable hasta que no lleguemos -Dios mediante- al cielo. Hasta entonces limitaciones y paciencia.

miércoles, 21 de marzo de 2012

¿Y si ya estoy divorciado?

Hoy me han vuelto a hacer esta pregunta, y para más INRI me dice el caballero en cuestión: "Es que en mi Parroquia me han dicho que no me divorcie porque si no va a ser mucho más difícil conseguir la nulidad".
Paciencia. Veamos:


  • La nulidad no se "consigue", se declara cuando del proceso se deduce con certeza moral que nunca hubo matrimonio y así lo dictaminan tres jueces y dos tribunales diferentes.
  • Que uno esté divorciado o no lo esté no añade nada a la validez o nulidad de su matrimonio ante la Iglesia por lo que este hecho ni dificulta ni facilita el proceso de nulidad matrimonial, ¿estamos?
  • ¡Ah!, que no se me olvide: LOS CATÓLICOS NO SE DIVORCIAN, y eso por varios motivos:
    • 1º Porque no hay ninguna necesidad. La separación consigue los mismos efectos de patrimonio, custodia de los hijos, régimen de visitas, etc, que el divorcio.
    • 2º Porque el divorcio incluye la "pequeña" cláusula de "y por eso Ud. deja de estar casado" y esto, lógicamente, no es válido para un católico que cree que su matrimonio -tal como lo dijo Cristo, y tal como lo prometió el día de su boda- es "hasta que la muerte les separe".
    • 3º Y por esto el divorcio supone un atentado contra la indisolubilidad del matrimonio.
    • 4º Lo dicho anteriormente no quita que hoy en día, por desgracia, no siempre está uno en condiciones de no divorciarse, puesto que la actual ley concede el divorcio con la sola voluntad unilateral de uno de los cónyuges, sin aducir motivo alguno y sin posibilidad de oposición por la otra parte.

miércoles, 14 de marzo de 2012

Estadísticas 2011

Hace unos días tuvimos la celebración de San Raimundo de Peñaford, el patrono de los canonistas y, por tanto, de los que trabajamos en el Tribunal Eclesiástico, sacerdotes, letrados, procuradores, peritos, etc. Después de la Sta. Misa, presidida por el Sr. Cardenal D. Antonio María, tuvimos la comida y en la sobremesa, como es costumbre, se dieron los datos de la actividad del Tribunal el año pasado que en resumen y redondeando son estos:


  •  El año pasado se estudiaron 180 causas de nulidad, 150 en primera instancia y 30 en segunda y 9 procesos de matrimonio rato y no consumado.
  • De estas causas 40 fueron completamente gratuitas, y 20 semi-gratuitas.
  • El resultado de las causas de nulidad fue a favor de la nulidad en el 68 % de los casos.
  • Desde el Tribunal se han resuelto más de 220 peticiones de actuaciones de otros Tribunales y se han solicitado unas 100 a otros tribunales de España y del mundo.
  • Económicamente podríamos decir que ha sido un desastre -como todos los años- puesto que los ingresos han cubierto solamente un 45 % de los gastos, es decir, que el Tribunal es deficitario en un 55%. Para que luego digan.

Lo cierto es que aquí hemos trabajado una barbaridad pero me sabe a poco. ¿Cómo podríamos llegar a más gente? ¿Cómo pódríamos dar a conocer mejor la actividad de los tribunales y conseguir que más personas cuyo matrimonio quizá es nulo, que ya están separados o incluso divorciados, acudieran a este servicio de la Iglesia?

Se aceptan sugerencias...

miércoles, 7 de marzo de 2012

Defender la indisolubilidad

El matrimonio es de por sí indisoluble, así que no hay que ayudarlo en esa indisolubilidad que la quiso Dios en el principio, la confirmó Cristo con toda claridad y la Iglesia la defiende aún a costa de mucho sacrificio. Por eso pedir la nulidad del matrimonio es simplemente preguntar a la Iglesia si aquel matrimonio se contrajo válidamente o no y en eso sí hay mucho que hacer. El estudio lo hace la Iglesia, los tribunales eclesiásticos y la sentencia es independiente a la voluntad de los esposos, quieran o no quieran la sentencia se limita a constatar un hecho: El matrimonio fue válido o no lo fue. En este estudio, el proceso de nulidad, hay que hacer todo lo posible para ayudar a los jueces a esclarecer la verdad, esto se hace declarando, aportando pruebas, acudiendo a exámenes psicológicos, si se piden, o señalando posibles testigos de lo que sucedió en el noviazgo/matrimonio. Sí, hay en los cánones una figura definida con el encargo de velar por la validez del matrimonio, se llama Defensor del Vínculo: Él está presente en la causa desde el principio, a él se le comunican todos los actos procesales, él propone testigos, aporta cuestionarios, señala lo que considere oportuno respecto a las declaraciones, las pericias o los escritos de las otras partes, e incluso, en ocasiones, habla con los demandados en busca de personas que pudieran complementar los testigos presentados por aquel que busca la nulidad de su matrimonio. Sus aportaciones, lógicamente, son tenidas en cuenta muy seriamente a la hora de dictar sentencia.

miércoles, 29 de febrero de 2012

Hablemos de dinero

Como dice el refrán las cuentas claras y el chocolate espeso y en este tema especialmente. Vamos a ello:

En primer lugar conviene decir que el servicio que presta la Iglesia para conocer la nulidad o no de los matrimonios supone un gran esfuerzo económico o, dicho de otra manera, los tribunales eclesiásticos no dejan un solo duro a la Iglesia, son muy deficitarios.

Por otro lado los costes de este tipo de proceso son evidentes: Personal trabajando sacerdotes y laicos, material utilizado, locales, etc.

En concreto: Una causa de nulidad normal en el Tribunal Eclesiástico de Madrid no suele supera los 1.600 € que corresponden, en una causa normal a:

800 € por presentar la demanda.
300 € si se quiere pedir por dos capítulos de nulidad y no solamente por uno.
400 € si tiene que intervenir un psicólogo o un psiquiatra y hacer un informe.

Otra cosa es lo que quieran cobrar los letrados a quienes se les exige unos compromisos deontológicos y jurídicos pero sin limitarles lo que quieran cobrar. Por otro lado están en su derecho y viven de ello, tienen una familia a la que mantener, ¿no? y, además, hay mucho letrados entre los que elegir y a quienes preguntar cuánto les van a cobrar antes de iniciar la causa de nulidad.

Por otro lado todo católico está en su derecho de preguntar si su matrimonio es nulo o no y a este derecho se corresponde el deber de la Iglesia a tramitar la nulidad tenga o no tenga dinero por lo que hay diversas fórmulas para solicitar la reducción de los costes de la causa o incluso que sea completamente gratuito. En Madrid la cuarta parte de las causas de matrimonio se tramitan con reducción de costas o con el gratuito patrocinio.

Esto es la verdad, otra cosa es "Sálvame", "Aquí a tomate", "Crónica rosa" o prensa del corazón. En caso de duda: Preguntar.

Por cierto aquí tenéis la tabla de tasas del Tribunal de Madrid que no ha cambiado ni un duro -ahora euro- en los últimos 3 años:  TABLA DE TASAS DEL TRIBUNAL (2009)

miércoles, 22 de febrero de 2012

Soy de Colombia...

...o de ecuador, o de Perú o El Salvador. No es extraño que vengan al Tribunal personas latinoamericanas o de otros países que quieren solicitar la nulidad de su matrimonio, pero ¿pueden hacerlo aquí?
Veamos:

* Si están los dos en España pueden hacerlo en la ciudad donde vive el demandado/a, en la ciudad donde se casaron o en la ciudad donde vive el demandante con autorización previa del Tribunal de la ciudad donde vive el demandado/a.

* Si uno de los dos no está en España pero se casaron aquí pueden solicitar la nulidad en el Tribunal de la ciudad donde se casaron.

* Si uno de los dos no está en España y tampoco se casaron en España lamentablemente no pueden hacerlo aquí salvo que aquí estuvieran la mayor parte de los testigos que conocen sobre el matrimonio, cosa que no suele suceder.

¿Está claro? El motivo es muy sencillo: El lugar donde se inicia la Causa de Nulidad determina, en gran parte, la facilidad o no para defenderse del demandado, que se ve envuelto en un proceso sin comerlo ni beberlo. De ahí que prime el derecho de defensa sobre la comodidad del que solicita la Nulidad.

En cualquier caso hoy en día, con el e-mail, Skype, etc, no es tan difícil llevar una causa de este tipo "a distancia".

jueves, 16 de febrero de 2012

Más vale prevenir...

Expertos en temas de familia, matrimonio y género nos dan cinco claves para lograr relaciones de éxito. Son el resumen de sus ponencias en las 47 Jornadas de Cuestiones Pastorales, que han tenido lugar en Castelldaura, Premià de Dalt, los días 24 y 25 de enero de 2012.

miércoles, 15 de febrero de 2012

www.matrimonionulo.com

Hoy quisiera recomendaros una web: www.matrimonionulo.com

Se trata de un portal destinado a la difusión y la ayuda para quienes quieren iniciar la causa de nulidad de su matrimonio o saber más sobre el tema.
Ésta es la descripción que hace en la web:


"Esta página es una ayuda para aquellos que desean someter al juicio de la Iglesia la posible invalidez del sacramento del Matrimonio que un día celebraron ante la comunidad cristiana. Nuestra intención es la de contribuir a la paz y a la tranquilidad de sus conciencias. Y ofrecer una ayuda eficaz y orientación.

Dirige y coordina este portal el P. Rafael Felipe. Para ponerse en contacto puede enviar un correo a info@matrimonionulo.com"

miércoles, 8 de febrero de 2012

El 90% de los matrimonios son nulos... dicen.

Eso dicen algunos de mis hermanos sacerdotes a quienes hoy quisiera llamar la atención sobre algunas cosas:

1. Lo más obvio: El canon 1060 del Código define lo que se ha llamado como "favor matrimonii", es decir, que el matrimonio se presume válido incluso en caso de duda.

2. Otra cosa obvia: Si un sacerdote tiene certeza absoluta, o al menos, certeza moral de que un matrimonio que va a celebrar es nulo no debería hacerlo, vamos, digo yo.

3. Es cierto que hay muchos "matrimonios" nulos por estos mundos de Dios. ¿Qué hacemos para que la verdad salga a relucir? ¿Cuántos de nuestros feligreses separados, divorciados y cuyos matrimonios quizá son nulos mandamos al Tribunal? ¿Sabemos lo necesario para ayudar a cualquier persona que se nos presente con dudas sobre la validez de su matrimonio?, me refiero a cosas como cuánto puede costar, cuánto podría durar, qué indicios se ven, dónde tienen que ir, qué pasos tienen que dar...

Lo dicho, menos hablar y más leer, preguntar y, sobretodo, más ayudar a quienes puedan necesitar un "empujoncito" por nuestra parte.

miércoles, 1 de febrero de 2012

Efectos civiles

¿Que efectos civiles tiene la sentencia de nulidad matrimonial?
En realidad muchas de las parejas que acuden a los Tribunales Eclesiásticos ya están divorciados por lo que al haber sido disuelto su matrimonio civilmente la sentencia de nulidad no tendría ningún efecto civil.
También es frecuente que los esposos que quieren saber si su matrimonio es nulo no hayan accedido a divorciarse puesto que va contra sus convicciones en este caso, obtenida la doble sentencia de nulidad matrimonial, habría que darle eficacia civil. El mismo procedimiento que reconoce civilmente la validez de los matrimonios eclesiásticos reconoce la validez civil de las sentencias de nulidad. De hecho el Código Civil Español (art. 80) establece que "las resoluciones dictadas por los tribunales eclesiásticos sobre nulidad de matrimonio canónico o las decisiones pontificias sobre matrimonio rato y no consumado tendrán eficacia en el orden civil, a solicitud de cualquiera de las partes, si se declaran ajustados al Derecho del Estado en resolución dictada por el juez civil competente (...)".

martes, 31 de enero de 2012

NO ES VERDAD!

  • No es verdad que la nulidad sea para los famosos: A muchos "famosos" no se les ha concedido la nulidad, yo conozco algunos...
  • No es verdad que la nulidad sea solo para los ricos: Más de un tercio de las Causas se tramiten con coste 0 € porque los que lo piden no pueden pagarlo.
  • No es verdad que la nulidad sea algo muy caro: Una Causa normal en Madrid no suele superar los 2000 €.
  • No es verdad que todo el mundo mienta para conseguir la nulidad: Creo, porque lo conozco, en la sinceridad de los testigos y en la capacidad de los jueces para detectar cuando les están intentando engañar.
  • No es verdad que sea muy difícil conseguir la nulidad: El proceso es lento para ser seguro pero no es complicado y si el matrimonio es nulo lo más fácil es que se declare así en la sentencia.

martes, 24 de enero de 2012

el divorcio

El divorcio es muchas cosas en muchos planos distintos. Se podría decir que es un negocio, una injusticia, una lacra, una ley, una mentalidad...

A efectos de la nulidad matrimonial hay que distinguir dos cosas:
Quien acepta el divorcio porque le parece bien, una solución razonable -no lo es-, algo necesario -tampoco- o incluso conveniente en muchos casos, entonces se puede casar sin que por eso su matrimonio sea nulo. Tiene una mentalidad divorcista pero no afecta a su próximo matrimonio.

Quien se casa pensando que se divorciará tarde o temprano, ya sea porque en el noviazgo ha habido rupturas, han surgido dudas, etc. -a esto se le llama exclusión de una propiedad esencial (canon 1101 del Código de Derecho Canónico)- o bien porque, simplemente, no considera que su matrimonio vaya a ser para siempre, ya que ninguno lo es -a esto se llama error determinante (canon 1099)- sí contrae inválidamente y su matrimonio será nulo.

La razón es muy sencilla: La indisolubilidad del matrimonio es algo esencial a éste, excluirlo supone querer otra cosa que no puede ser llamada matrimonio. Sería como si uno de nosotros va al concesionario de coches a pedir un Ford Fiesta sin motor ni volante, probablemente le dirían que eso no es un choche.

Y esto ¿hay mucha gente que lo hace? Mucha gente no, pero unos cuantos yo diría que sí.

domingo, 22 de enero de 2012

Leyes al servicio de la Verdad y la Justicia




No da nada por sabido, y hace bien. Igual que hace unos meses nos sorprendía convocando un año de la fe y en la carta apostólica -Porta Fidei- nos hacía reflexionar sobre el hecho mismo de la fe, no sus consecuencias, ayer el Santo Padre quiso dirigir la mirada de los miembros del tribunal de la Rota Romana hacia el hecho mismo de la Verdad y la Justicia como criterios interpretativos de las leyes en la Iglesia.

Lejos de todo positivismo jurídico afirmó el Papa que "identificar el derecho canónico con el sistema de las leyes" es una visión empobrecida del Derecho que ignoraría el Derecho Natural y el Derecho Divino de las que toda ley humana, más aún las leyes en la Iglesia, reciben su legitimidad.
No se trata de quitar valor a las leyes canónicas en aras de una supuesta flexibilidad o misericordia, lo cual sería otra manera de positivismo, se trata, más bien, de no perder de vista la Justicia y la Verdad que provienen de Dios y de la naturalez de las cosas cuando tenemos que aplicar las leyes o interpretarlas, como señala el canon 17 del Código.

Se trata, en definitiva, de alcanzar una verdadera madurez cristiana que actúa con libertad, sin constreñirse, y al mismo tiempo en comunión con la Iglesia.

En espera de la traducción oficial podéis encontrar el texto completo del discurso aquí: http://www.iuscanonicum.org/index.php/documentos/78-discursos-del-papa-a-la-rota-romana/477-discurso-del-santo-padre-benedicto-xvi-al-tribunal-de-la-rota-romana-de-2012.html

martes, 17 de enero de 2012

Asesoramiento online

Hace poco comencé un servicio de asesoramiento online en la web del Tribunal. Básicamente es un chat privado que funciona cuando yo estoy en el Tribunal y con el que se me puede consultar lo que consideren oportuno los usuarios. De momento, es verdad, no me llegan muchas solicitudes pero me parece que puede ser un servicio interesante sobretodo si alguien tiene dudas sobre las nulidades y no sábe cómo o a quién planteárselas. Veremos.

ACTUALIZACIÓN: Unos meses después de escribir este post me nombraron párroco y poco después alguna cosilla más. Hace dos meses tuve que suspender este servicio porque, sinceramente, no me da la vida, pero sigo con atención los comentarios y respondo a los mails que queráis.

lunes, 16 de enero de 2012

El nuevo juez de la Rota Española

Se llama Pedro Antonio Moreno García es sacerdote y tiene 37 años de edad lo que le convierte en el miembro más joven del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica. Hasta hace unos días, era juez del tribunal eclesiástico de la diócesis de Orihuela-Alicante. Le conocí hace unos meses en el viaje que hicimos en mi Parroquia a Roma a la beatificación de S. S. Juan Pablo II, junto con varios matrimonios nos tomamos un capuccino a la salida de la Basílica de Guadalupe. Entonces me causó muy buena impresión, después he sabido más cosas de él. Estoy convencido que hará un trabajo estupendo en la Rota. Recemos por él.
Le han hecho una entrevista en ReligiónEnLibertad.com: http://www.religionenlibertad.com/articulo.asp?idarticulo=20115

martes, 10 de enero de 2012

La otra cara de la moneda

Suena mi iPhone mientras conduzco camino de casa y contesto con el manos libres. Una mujer llorando de alegría. Acaba de recibir la noticia de que su matrimonio ha sido declarado nulo y llama para contármelo. La conocí meses antes en la Parroquia y la animé a que comenzara un proceso de nulidad matrimonial. Ahora encara la recta final para poder casarse por la Iglesia con el que es su marido civilmente desde hace años.
Los que trabajamos en el Tribunal generalmente solo vemos la parte más dramática, más dura, de la historia. Hoy veo la otra cara de la moneda y siento que compensa todo el trabajo hecho por ella y por tantos otros que han encontrado paz en su corazón y se han acercado a Dios tras el proceso de nulidad de su matrimonio. Compensa con creces todo el esfuerzo.

domingo, 8 de enero de 2012

Manglano sobre el matrimonio

José Pedro Manglano habla en 11 minutos sobre el matrimonio de manera genial y algo explica del porqué de muchos matimonios nulos...

miércoles, 4 de enero de 2012

¿y los hijos?

Frecuentemente nos preguntan con cierto miedo quienes acuden a los Tribunales Eclesiásticos: ¿Qué pasa con los hijos cuando el matrimonio se declara nulo? La respuesta es clara: No pasa absolutamente nada, ni en el plano civil ni en el eclesiástico. Dice el código civil (art. 79): La declaración de nulidad del matrimonio no invalidará los efectos ya producidos respecto de los hijos y del contrayente o contrayentes de buena fe.
En lo eclesiástico tampoco, después de la nulidad los hijos quedan en la misma posición que tenían antes, los mismos derechos y obligaciones.
Además el proceso esclarece la verdad sobre el "matrimonio" que contrajeron los padres, "matrimonio" del que podemos decir  -tras las sentencias-  que nunca existió, por eso papá y mamá nunca se entendieron. Si, por alguna razón, hay una primera reacción contraria al conocer la nulidad del matrimonio de sus padres, habrá que esperar a que maduren un poco y luego explicárselo. Los fallos que han cometido los padres, si lo hacemos bien con los hijos pueden, tal vez, servir para que ellos no se equivoquen en lo mismo que se han equivocado los padres. El matrimonio no es una excepción a esto.