miércoles, 28 de noviembre de 2012

Razones

Este tema es frecuente en las conversaciones sobre las nulidades por lo que, aprovechando que la mañana es hoy más tranquila en el Tribunal vamos a decir algo que ya hace tiempo que no publico nada en el blog.

Razones por las que se solicita la nulidad.

Por lo que he visto estos años las razones más o menos pueden clasificarse en cuatro especies:
  • Porque quiero casarme: Ya tengo una relación sentimental o al menos estoy en perspectiva de tenerla... en cualquier estoy pensando en el matrimonio. Vale, es un motivo estupendo, añade un plus de interés a la causa. Ten paciencia porque el proceso puede tardar cierto tiempo y piensa que el éxito de la causa no es que la sentencia coincida con lo que tú quieres sino que se ponga de manifiesto la verdad de tu matrimonio porque, como dice el Evangelio, la verdad te hará libre.
  • Porque ya estoy casado/a por lo civil y quiero regularizar mi situación ante la Iglesia. Bienvenido seas. Seguro que has hecho un proceso de acercamiento a la fe que te ha llevado a esta decisión. Ya verás que la Iglesia es, ante todo, una madre que busca lo mejor para sus hijos. En cualquier caso que te hayas casado por lo civil no tiene ningún efecto ni positivo ni negativo a la hora de estudiar tu caso.
  • Porque quiero romper por completo con la otra parte. Sinceramente eso va a ser difícil ya hay mucho que te une a él/ella: Los hijos, si los hay, la pensión y, en todo caso, si estás divorciado, en la sentencia de divorcio aparecen vuestros nombres el uno junto al otro. Mi consejo es que trates de perdonar, de no guardar rencor, que tanto daño hace, y, si quieres que busques la verdad de tu matrimonio, en esto te podemos ayudar en el Tribunal, para lo otro busca ayuda en la oración y habla con un sacerdote de confianza...
  • Porque quiero saber si de verdad estoy casado/a o no. Éste es, quizá, el mejor motivo, el saber si, en conciencia, estoy o no casado para actuar en consecuencia. Si es éste tu caso te animo a que preguntes cuanto antes si hay indicios de nulidad y, en tal caso, que comiences el proceso - te servirá este post-.