domingo, 10 de abril de 2016

¿Qué ha cambiado y qué no ha cambiado tras la Reforma del Proceso?

Después de unos meses transcurridos desde la publicación del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus sobre la reforma del proceso y su entrada en vigor -8 de diciembre- quiero hacer un pequeño balance de qué está pasando en los tribunales, especialmente en el de Madrid, donde yo me muevo, qué ha cambiado y qué no ha cambiado.

HA CAMBIADO

  1. LA OPINIÓN PÚBLICA: Realmente está cambiando mucho la percepción de los procesos de nulidad y de la labor de los Tribunales Eclesiásticos. El proceso ya no parece tan complicado ni, desde luego, tan caro, el Tribunal es visto más como un servicio de la Iglesia, como la catequesis de los niños, o los cursillos prematrimoniales, que como una entidad complicada y a la que temer.
  2. EL COSTE DEL PROCESO: En algunos tribunales, como en Madrid, las tasas se han suprimido. Esto afecta sobretodo a las clases medias puesto que desde el principio las personas con bajos ingresos podían tramitar su causa de manera gratuita. Ahora todo el mundo tiene ese derecho.
  3. LA DURACIÓN DEL PROCESO: Algo se ha reducido aunque no es, ni podrá ser nunca,  fast food. La supresión de la segunda instancia ayuda a reducir en algunos meses la resolución del proceso. 
  4. EL TRABAJO DEL TRIBUNAL: A resultas de todo esto el trabajo de los tribunales ha crecido muchísimo. Los cálculos que hacemos en Madrid es de un incremento en la actividad del Tribunal de un 300%.
NO HA CAMBIADO

  1. LA VERDAD: Éste es el objetivo del proceso de nulidad, el esclarecimiento de la verdad sobre la validez del sacramento del Matrimonio. Así que, al servicio de la verdad, hay que trabajar con cuidado, con todas las garantías necesarias.
  2. LOS MEDIOS HUMANOS: Sigue siendo necesario la incorporación de más personal debidamente cualificado y con la sensibilidad adecuadas. Hombres y mujeres, clérigos y laicos de fe profunda al servicio de la Iglesias y de los fieles. Los que ya estamos aquí trabajamos mucho y con alegría pero no siempre damos a basto con tanto trabajo y no siempre podemos atenderos a todos como nos gustaría... Como dice el Papa en Amoris Letitia: "la preparación de un número suficiente de personal, integrado por clérigos y laicos, que se dedique de modo prioritario a este servicio eclesial."
  3. LOS MEDIOS TÉCNICOS: El proceso técnicamente es muy antiguo. A penas se hace uso de las nuevas tecnologías en el mismo. Es necesario una reforma del proceso en sus medios técnicos que incluya una sede electrónica, el uso de la videoconferencia, las notificaciones instantáneas vía internet, SMS, etc...
  4. LAS GANAS DE MEJORAR: Seguiremos trabajando para ayudar a cada uno de los que acuden a los tribunales, trataremos de mejorar todo lo posible, hay mucho que hacer pero vamos, claramente, en la mejor dirección.

viernes, 5 de febrero de 2016

Papa Francisco: La calidad en la fe no es condición esencial

En su discurso de este año a la Rota Romana el Papa Francisco ha definido este tribunal como tribunal de la familia y también como tribunal de la verdad del vínculo sagrado. Aclarando algo sobre lo que podría haber algún malentendido el Papa ha señalado que la fe no es condición esencial para la validez del matrimonio puesto que ésta se infunde en el momento del bautismo y sigue teniendo un misterioso influjo en el alma, incluso cuando la fe no se haya desarrollado y psicológicamente parezca estar ausente. La validez del matrimonio solo estaría comprometida cuando está falta de fe afectará verdaderamente a la voluntad de quién va a casarse y le llevara a rechazar una propiedad esencial del matrimonio o el matrimonio mismo.

A continuación os dejamos el texto completo del discurso pronunciado el 22 de enero de 2016:

miércoles, 3 de febrero de 2016

VAMOS A ACLARARNOS...

Ha pasado ya casi dos meses desde que el 8 de diciembre de 2015 D. Carlos suprimiera en Madrid las tasas del Tribunal Eclesiástico. No es el único, me cuentan que en Albacete, por ejemplo, se ha hecho lo mismo. Otros tribunales como Alcalá y Getafe han reducido sustancialmente -un 50%- las tasas.
En esta entrada me gustaría aclarar algunos errores que detectamos al recibir en el Tribunal a quienes quieren iniciar el proceso de nulidad:


domingo, 3 de enero de 2016

He recibido una demanda de nulidad

Contestando una pregunta por mail os cuento qué hacer cuando uno recibe una demanda de nulidad:

La demanda se interpone ante el Tribunal Eclesiástico y se notifica inmediatamente a la otra parte. En esta demanda se exponen sucintamente los hechos que justifican la solicitud de nulidad del matrimonio. En ocasiones se hacen valoraciones o se exponen hechos que la persona que recibe esta demanda considera no ciertos incluso, en ocasiones, considera calumniosos. Es el momento de comunicarlo.