Hace pocos días el Papa decía en una homilía que "la aprobación de las opiniones dominantes no es el criterio al que nos sometemos. El criterio es él mismo: el Señor.", esto se aplica también, lógicamente, al las nulidades matrimoniales donde con frecuencia tenemos que nadar contra corriente y tomar decisiones muy políticamente incorrectas.
El caso más flagrante fue la negativa del papa Clemente VII a conceder la nulidad matrimonial al rey de Inglaterra Enrique VIII con la española Catalina de Aragón en 1527 que provocó grandísimas tensiones que desembocaron en la ruptura del rey -y con él casi todo el país- con la Iglesia Católica para fundar una Iglesia en la que él se declaraba cabeza de la misma, la Iglesia Anglicana, y por tanto con potestad para declarar la nulidad de su propio matrimonio y casarse así con la ya embarazada Ana Bolena.
Intereses políticos al margen -que los había por todos los bandos- el hecho es que le matrimonio no es nulo por la esterilidad de una de las partes -la auténtica razón por la que el Rey buscaba otra mujer-, y la indisolubilidad de un matrimonio rato, es decir, entre bautizados cuando éste se ha consumado es absoluta, ni el Papa, ni el rey de ningún estado pueden cambiar eso, aunque resulte muy doloroso porque, como decía el Papa el día 6 de enero de 2013, "la aprobación de las opiniones dominantes no es el criterio al que nos sometemos. El criterio es él mismo: el Señor."
Mi trabajo en el Tribunal Eclesiástico en favor del matrimonio y las causas de nulidad matrimonial.
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lunes, 14 de enero de 2013
miércoles, 7 de marzo de 2012
Defender la indisolubilidad
El matrimonio es de por sí indisoluble, así que no hay que ayudarlo en esa indisolubilidad que la quiso Dios en el principio, la confirmó Cristo con toda claridad y la Iglesia la defiende aún a costa de mucho sacrificio.
Por eso pedir la nulidad del matrimonio es simplemente preguntar a la Iglesia si aquel matrimonio se contrajo válidamente o no y en eso sí hay mucho que hacer.
El estudio lo hace la Iglesia, los tribunales eclesiásticos y la sentencia es independiente a la voluntad de los esposos, quieran o no quieran la sentencia se limita a constatar un hecho: El matrimonio fue válido o no lo fue.
En este estudio, el proceso de nulidad, hay que hacer todo lo posible para ayudar a los jueces a esclarecer la verdad, esto se hace declarando, aportando pruebas, acudiendo a exámenes psicológicos, si se piden, o señalando posibles testigos de lo que sucedió en el noviazgo/matrimonio.
Sí, hay en los cánones una figura definida con el encargo de velar por la validez del matrimonio, se llama Defensor del Vínculo: Él está presente en la causa desde el principio, a él se le comunican todos los actos procesales, él propone testigos, aporta cuestionarios, señala lo que considere oportuno respecto a las declaraciones, las pericias o los escritos de las otras partes, e incluso, en ocasiones, habla con los demandados en busca de personas que pudieran complementar los testigos presentados por aquel que busca la nulidad de su matrimonio. Sus aportaciones, lógicamente, son tenidas en cuenta muy seriamente a la hora de dictar sentencia.
miércoles, 8 de febrero de 2012
El 90% de los matrimonios son nulos... dicen.
Eso dicen algunos de mis hermanos sacerdotes a quienes hoy quisiera llamar la atención sobre algunas cosas:
1. Lo más obvio: El canon 1060 del Código define lo que se ha llamado como "favor matrimonii", es decir, que el matrimonio se presume válido incluso en caso de duda.
2. Otra cosa obvia: Si un sacerdote tiene certeza absoluta, o al menos, certeza moral de que un matrimonio que va a celebrar es nulo no debería hacerlo, vamos, digo yo.
3. Es cierto que hay muchos "matrimonios" nulos por estos mundos de Dios. ¿Qué hacemos para que la verdad salga a relucir? ¿Cuántos de nuestros feligreses separados, divorciados y cuyos matrimonios quizá son nulos mandamos al Tribunal? ¿Sabemos lo necesario para ayudar a cualquier persona que se nos presente con dudas sobre la validez de su matrimonio?, me refiero a cosas como cuánto puede costar, cuánto podría durar, qué indicios se ven, dónde tienen que ir, qué pasos tienen que dar...
Lo dicho, menos hablar y más leer, preguntar y, sobretodo, más ayudar a quienes puedan necesitar un "empujoncito" por nuestra parte.
1. Lo más obvio: El canon 1060 del Código define lo que se ha llamado como "favor matrimonii", es decir, que el matrimonio se presume válido incluso en caso de duda.
2. Otra cosa obvia: Si un sacerdote tiene certeza absoluta, o al menos, certeza moral de que un matrimonio que va a celebrar es nulo no debería hacerlo, vamos, digo yo.
3. Es cierto que hay muchos "matrimonios" nulos por estos mundos de Dios. ¿Qué hacemos para que la verdad salga a relucir? ¿Cuántos de nuestros feligreses separados, divorciados y cuyos matrimonios quizá son nulos mandamos al Tribunal? ¿Sabemos lo necesario para ayudar a cualquier persona que se nos presente con dudas sobre la validez de su matrimonio?, me refiero a cosas como cuánto puede costar, cuánto podría durar, qué indicios se ven, dónde tienen que ir, qué pasos tienen que dar...
Lo dicho, menos hablar y más leer, preguntar y, sobretodo, más ayudar a quienes puedan necesitar un "empujoncito" por nuestra parte.
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