domingo, 10 de abril de 2016

¿Qué ha cambiado y qué no ha cambiado tras la Reforma del Proceso?

Después de unos meses transcurridos desde la publicación del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus sobre la reforma del proceso y su entrada en vigor -8 de diciembre- quiero hacer un pequeño balance de qué está pasando en los tribunales, especialmente en el de Madrid, donde yo me muevo, qué ha cambiado y qué no ha cambiado.

HA CAMBIADO

  1. LA OPINIÓN PÚBLICA: Realmente está cambiando mucho la percepción de los procesos de nulidad y de la labor de los Tribunales Eclesiásticos. El proceso ya no parece tan complicado ni, desde luego, tan caro, el Tribunal es visto más como un servicio de la Iglesia, como la catequesis de los niños, o los cursillos prematrimoniales, que como una entidad complicada y a la que temer.
  2. EL COSTE DEL PROCESO: En algunos tribunales, como en Madrid, las tasas se han suprimido. Esto afecta sobretodo a las clases medias puesto que desde el principio las personas con bajos ingresos podían tramitar su causa de manera gratuita. Ahora todo el mundo tiene ese derecho.
  3. LA DURACIÓN DEL PROCESO: Algo se ha reducido aunque no es, ni podrá ser nunca,  fast food. La supresión de la segunda instancia ayuda a reducir en algunos meses la resolución del proceso. 
  4. EL TRABAJO DEL TRIBUNAL: A resultas de todo esto el trabajo de los tribunales ha crecido muchísimo. Los cálculos que hacemos en Madrid es de un incremento en la actividad del Tribunal de un 300%.
NO HA CAMBIADO

  1. LA VERDAD: Éste es el objetivo del proceso de nulidad, el esclarecimiento de la verdad sobre la validez del sacramento del Matrimonio. Así que, al servicio de la verdad, hay que trabajar con cuidado, con todas las garantías necesarias.
  2. LOS MEDIOS HUMANOS: Sigue siendo necesario la incorporación de más personal debidamente cualificado y con la sensibilidad adecuadas. Hombres y mujeres, clérigos y laicos de fe profunda al servicio de la Iglesias y de los fieles. Los que ya estamos aquí trabajamos mucho y con alegría pero no siempre damos a basto con tanto trabajo y no siempre podemos atenderos a todos como nos gustaría... Como dice el Papa en Amoris Letitia: "la preparación de un número suficiente de personal, integrado por clérigos y laicos, que se dedique de modo prioritario a este servicio eclesial."
  3. LOS MEDIOS TÉCNICOS: El proceso técnicamente es muy antiguo. A penas se hace uso de las nuevas tecnologías en el mismo. Es necesario una reforma del proceso en sus medios técnicos que incluya una sede electrónica, el uso de la videoconferencia, las notificaciones instantáneas vía internet, SMS, etc...
  4. LAS GANAS DE MEJORAR: Seguiremos trabajando para ayudar a cada uno de los que acuden a los tribunales, trataremos de mejorar todo lo posible, hay mucho que hacer pero vamos, claramente, en la mejor dirección.

1 comentario:

  1. Buenos días, estoy en proceso de la nulidad pero tengo dudas. Quien dicta la sentencia? Deben ratificarse las dos partes en la "declaración" previamente efectuada? Si una de las dos partes no se ha ratificado, pueden dictar sentència? Hay plazo para recurrir la sentencia? Deben notificar dicha sentencia a ambas partes y dejar pasar el plazo para recurrir en caso de que lo haya? En mi caso solo se ha ratificado una parte y aún así han dictado sentencia. Ni me he ratificado, ni me la han notificado y se dictó en octubre...

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